¡Hola a tod@s! Mi nombre es Marta Bufill y es un placer compartir este espacio contigo.
¿Qué haces en CLOSASEGUROS?
Asesoro a los clientes y en función de sus necesidades les recomiendo los seguros que cubren mejor sus riesgos.
¿Cómo ayuda tu trabajo a las personas?
Ayudo a los clientes con la gestión de sus pólizas aportando soluciones, dándoles asesoramiento para encontrar el producto que mejor se adapte a sus necesidades.
En CLOSASEGUROS tenemos mucha comunicación con los demás departamentos, en especial con siniestros. Si los comerciales hacemos bien nuestro trabajo, facilitamos a nuestros compañeros el trámite de reclamación a las compañías. Y al revés, si siniestros nos informa de las reclamaciones recurrentes de los asegurados, comercial hace más hincapié en esas garantías.
¿Qué te gusta hacer en tu tiempo libre?
Mi afición preferida en jugar a cartas y concretamente a bridge. Afición que comparto con mi marido y gracias a ello, hemos recorrido gran parte de España.
¿Una frase que te inspire, que represente el leit motiv de tu vida?
Para mí es un poema: “Si” de Kipling : “Si guardas la cabeza tranquila cuando todo a tu lado es cabeza perdida…”
Si no te dedicaras a esto, serías...
Me encantaría dedicarme a resolver enigmas matemáticos. La lógica y el cálculo mental han sido siempre mis asignaturas preferidas.
Elige al siguiente:
Me gustaría que conociérais a Alejandra Llagostera por su capacidad de adaptarse y progresar en el departamento de Siniestros y sobre todo el buen trato que tiene siempre con los clientes.
Marta Bufill
Ejecutiva de cuentas
¿Sabías que una de las causas que generan mayor polémica en la relación entre aseguradoras y asegurados es la diferencia entre la suma asegurada (declarada al solicitar la póliza) y el valor de los bienes (determinado durante el ajuste del siniestro)?
Durante la contratación de un seguro, ya sea por un asesoramiento deficiente o simplemente por una falta de atención a los criterios de valoración, se suelen establecer valores erróneos que producen unas expectativas de cobro superiores a las que se tiene derecho. Esta situación se produce la mayoría de las veces porque el asegurado desconoce los criterios de valoración que se establecen en su póliza de seguros.
A continuación, verás una serie de criterios y procedimientos utilizados en la valoración de bienes a la hora de contratar una póliza de seguros.
1. Valor de reposición
Es el valor correspondiente a la valoración real y objetiva del bien asegurado, según su precio en el mercado, en función de las siguientes características:
a) Inmuebles: el capital requerido para la construcción y/o reparación de los bienes dañados de modo que queden en las mismas condiciones en las que se encontraban antes del siniestro.
b) Mercancías y/o productos terminados: se refiere al precio neto de venta, esto significa para:
- El fabricante: el precio neto de venta al mayorista. Es decir, comprende la utilidad por la venta del producto.
- El distribuidor mayorista: el precio neto de venta al detallista. Es decir, engloba la utilidad por la venta del producto.
- El detallista: el precio neto de venta al consumidor. Es decir, comprende la utilidad por la venta del producto.
En estos importes no es considerado cualquier concepto no distribuido por el asegurado como: impuestos (IVA), descuentos, comisiones etc. por no haber podido realizar la venta de dicha mercancía a causa del siniestro.
c) Productos en proceso de fabricación: se refiere al coste de producción antes del siniestro.
d) Maquinaria, mobiliario y/o equipo, anuncios y cristales: el coste equivalente para la reparación, adquisición o instalación por otro bien de igual categoría, calidad, tamaño y/o capacidad de producción, sin tener en cuenta la reducción por devaluación física, pero incluyendo el coste de impuestos, gastos de montaje y derechos aduanales, si los hubiera, y el importe de la prima de seguro de transporte que cubra los bienes dañados durante su traslado al, y desde, el taller donde se vaya a realizar la reparación.
2.Valor real
Es el obtenido al deducir del valor de reposición, al producirse el siniestro, la correspondiente devaluación.
3.Valor convenido
Si los bienes tienen un valor especial, por su carácter histórico, artístico, etc. existe la figura del valor convenido. Este valor, tal como su nombre indica, es el convenido entre el asegurado y la aseguradora.
Este criterio se puede aplicar cuando los bienes sean irremplazables (obra de arte), cuando no es posible determinar un valor de reconstrucción (edificio histórico) o cuando es muy difícil estimar el valor en el mercado de los bienes (maquinaria antigua).
Para el uso de estos valores, las aseguradoras realizan una transferencia a la póliza. Para ello se necesita evaluar los bienes, o en su defecto, aplicar un sistema de actualización de valores que proporcione la propia aseguradora.
4.Valor nuevo
El valor nuevo significa que se aplica la depreciación que corresponde con el paso del tiempo que transcurre desde su adquisición. Por lo tanto, si hace mucho que se ha adquirido ese bien, el valor de reposición, será mucho menor que el valor nuevo.
5.Primer riesgo
El primer riesgo, la aseguradora te indemnizará hasta un límite previamente establecido, sin aplicar la regla proporcional en caso de infraseguro.
El valor más conveniente
¿Y cuál es la utilidad de todo esto? En el proceso de contratación de una póliza múltiple empresarial es imprescindible la correcta determinación del tipo de valor más conveniente para la empresa ("valor de reposición", "valor real" o "valor convenido"). Una vez que esto está determinado, hay que establecer sumas aseguradas y proceder con la presentación de la solicitud a la aseguradora.
Una vez que se ha decidido el criterio de valoración, hay que procurar que el valor que se establece para los bienes sea lo más preciso posible. Así evitaremos situaciones de sobreseguro (se asegura por encima del valor de los bienes) o peor todavía, de infraseguro (se asegura por debajo del valor de los bienes), en cuyo caso se podría aplicar la "Cláusula de Proporción Indemnizable".
Ya que la suma asegurada solo la puede comprobar el asegurado o un avalúo para efectos del seguro, es muy importante contar con una asesoría profesional que te apoye en el proceso de aseguramiento de tu empresa.
José María Closa Moradell
Director
Cada vez es más habitual oír conversaciones sobre amigos o clientes a los que les han hackeado la cuenta. Además uno de los problemas más importantes es el “robo” de información de datos, sean o no de carácter confidencial. En estos casos, tener una póliza de ciberiesgos supone una gran diferencia.
¿Qué puede ocurrir en caso de no contar con un seguro de ciberiesgos?
Este fue el caso de Miguel. Miguel es hostelero, y no contaba con un seguro de ciberiesgos. Un viernes, justo antes del jaleo del fin de semana, se encontró con que les habían bloqueado todos los ordenadores del hotel. Ni siquiera podían hacer el check-in o check-out. Los hackers sabían lo que esto suponía para el hotel de Miguel así que le pedían 50.000€ para desbloquearlos. Miguel negoció con ellos y finalmente, ante la desesperación del momento, acabó pagando 35.000€.
¿Habría cambiado la situación para Miguel en el caso de contar con una póliza de ciberiesgos?
La respuesta es sí. Si Miguel se hubiese puesto en contacto con nosotros antes, en un caso como este, además de hacerse cargo de la posible indemnización los técnicos de las compañías se habrían conectado para ver la manera de solucionar el hackeo. Habrían analizado las vulnerabilidades del sistema del hotel de Miguel para eludir el pago de la extorsión si fuera posible.
En España ya existía una ley nacional para tratas estos aspectos, pero el 25 de mayo del 2016 se aprobó un nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) que afecta por igual a todos los países de la CEE. Para ello es imprescindible tener una póliza de ciberiesgos. Estas a su vez pueden tener coberturas exclusivamente de RGPD o más amplias, amparando también temas de extorsión por no divulgación de datos, bloqueos de webs o robo de identidad.
¿Qué te recomendamos para evitar situaciones como esta?
Nuestra recomendación es siempre acudir a un experto en materia de seguridad informática y a su vez a un asesor profesional del sector asegurador. En función de tus necesidades, te propondrá una de las opciones de póliza de ciberiesgos que existen en el mercado.
Este tipo de contrato te dan amparo no solo ante las posibles reclamaciones de terceros por incumplimiento del reglamento y a su posible sanción. También al análisis y solución técnica del “ataque” del que puedas ser objetivo.
En resumen, las pólizas de ciberiesgos ponen a tu disposición una serie de herramientas que te protegen y te garantizan en caso de hackeo la continuidad de tu negocio. Es importante ser consciente de las sanciones, ya que pueden llegar al 4% de la facturación, lo que para muchas empresas podría suponer la ruina.
Nacho GómezCalzado
Director
Si te hablo de la fórmula de la regla proporcional en un contrato de seguro, quizás no sepas exactamente a qué me refiero.
Puede que si menciono la palabra “infraseguro”, empieces a sospechar que tiene relación directa con el importe que cobrarías si sufrieras un siniestro.
Y sí, tienes razón. La regla proporcional afectará directamente a tu bolsillo a la hora de recibir una indemnización por parte de tu compañía de seguros.
Por eso es tan importante
De manera formal se podría definir como la práctica utilizada para llegar al cálculo de la indemnización cuando se produce un siniestro parcial y la suma asegurada es inferior al valor real del objeto asegurado. Numéricamente, se multiplica la cantidad asegurada por el valor de los daños y se divide por el valor real de los bienes asegurados.
Esto, que parece un poco complicado de entender, se ve muy claro con un ejemplo:
Imagina que aseguras el interior de tu casa por 100.000 € y hay un pequeño incendio que provoca daños por valor de 50.000 €. Lo lógico es que cobres esa cantidad íntegramente, ¿no? Pero imagina que después de la visita pericial, el perito determina que el valor real del contenido de tu vivienda es de 200.000 €. La regla proporcional aplicaría la siguiente fórmula:
(100.000 X 50.000) / 200.000 = 25.000
Recuerda, se multiplica la cantidad asegurada por el valor de los daños y se divide por el valor real de los bienes asegurados.
Como ves, lamentablemente para ti, sólo recibirías el valor de la mitad de los daños.
¿Te parece ya un término suficientemente IMPORTANTE como para tenerlo en cuenta en la próxima contratación o revisión de tus pólizas de seguros? Pues este ejemplo maneja cifras pequeñas.
Extrapola esa misma situación a un incidente mayor, en un contexto empresarial, donde los valores asegurados sean más elevados. El desastre está servido.
Y aquí es donde nuestra función de mediador toma una especial relevancia: nuestra misión es asegurarnos que tú, como cliente, has entendido a la perfección que ajustar los capitales de tu contrato lo máximo posible a la realidad te ahorrará disgustos.
Te aconsejaremos cómo valorar tus bienes correctamente, te acompañaremos en tus cálculos y si es necesario mediaremos con la aseguradora la colaboración de un profesional (ingeniero) que determine la suma exacta acorde con tus propiedades.
Unos capitales adecuadamente asegurados nos permitirán negociar con la compañía en caso de que el siniestro se complique, y eso sí que es realmente IMPORTANTE.
Nuestro objetivo es el mismo que el tuyo: hacerte sentir seguro.
ESTAMOS A TU DISPOSICIÓN.
Por cierto, ¿habías oído hablar de la regla de equidad?¿No? Pues ya tenemos tema de conversación para otro día.
Marta Somoza
Responsable Técnica de Empresas y Grandes Cuentas
El otro día me llamó una clienta, Verónica. Ella estaba preocupada porque su marido Pau, quería contratar una póliza de salud. ¿Y cuál era el problema? bueno, en realidad no había ningún problema, mas bien se trataba de una circunstancia: Pau padecía una enfermedad crónica.
Muchas veces, clientes como Verónica, se ponen en contacto con nosotros para saber si teniendo una enfermedad pueden contratar un seguro de salud.
Quizás no sea una duda muy recurrente ya que la mayoría de las personas descartan esa posibilidad directamente.
Pero la respuesta es sí, por supuesto, aunque todo dependerá de la decisión última de la compañía de seguros.
Te cuento lo que le expliqué a Verónica por si acaso esto te puede ayudar a ti.
Cuando contratas un seguro de salud, la aseguradora te realizará un cuestionario previo donde te harán preguntas relativas a tu estado de salud, como, por ejemplo, si has padecido o padeces alguna enfermedad, si te han sometido a alguna intervención quirúrgica o si sigues algún tratamiento médico específico.
En términos técnicos, es lo que conocemos como preexistencias.
Según el alcance de estas preexistencias, la compañía de seguros puede tomar varias decisiones:
Aceptar la contratación sin problemas
Poner exclusiones en algunas coberturas relacionadas con tu dolencia
Denegar tu solicitud
En este último caso, incluso también se puede tomar la opción de contratar otros productos de salud más básicos, con coberturas mínimas, y que no exijan cuestionario de salud.
Aunque el cuestionario de salud te pueda suponer exclusiones en garantías, es de suma importancia que lo rellenes con total sinceridad. Es mejor informar de todo lo que te solicita. Si no lo haces así y la compañía detecta que la enfermedad era anterior a la contratación del seguro, cancelará la cobertura, con el consiguiente perjuicio económico que esto te puede suponer, justo en el momento que más puedes necesitarlo.
Si padeces alguna enfermedad y quieres contratar un seguro de salud, no dudes en contactar con nosotros ¡te guiaremos en los pasos que debes seguir!
Juan Carlos de la Rosa. Responsable de Salud e Innovación
Seguro que alguna vez te lo has preguntado, o a lo mejor ya lo sabes y quieres profundizar un poco más. ¡Quédate y te lo cuento!
Una compañía de seguros es una sociedad cuya función principal es recibir un dinero de sus clientes (las primas del seguro) y en contraprestación, en caso de un siniestro, se compromete a indemnizar o reparar ese daño.
Esto que acabamos de definir, también lo conocemos en la industria como la mutualización del riesgo, es decir, una compañía de seguros piensa así:
“Como se que no a todo el mundo se le va a incendiar su vivienda a la vez, hago una bolsa con poco dinero de muchos clientes para indemnizar a aquellos que sufren daños de importes elevados, que de otra manera no podrían asumir.”
¡Claro! ¡realmente un seguro es un gran invento! Porque reconstruir una vivienda puede costar cientos de miles de euros y la prima del seguro solo cuesta una parte fraccional muy inferior.
De toda esta gestión, obviamente, la compañía de seguros se queda un margen.
¿Qué ocurre si la compañía de seguros hace un mal pricing o mala gestión de precios?
Pues si esto ocurre, o si se encuentran con picos altos de siniestralidad, le va a generar un conflicto interno importante. Es bastante simple, si pagan más dinero en siniestros del que facturan en primas, o perderán dinero o ganarán menos.
Así que todas procuran ser más competitivas: cuantos más clientes tenga una aseguradora mayor podrá ser el efecto de mutalización de los riesgos. Así pues, buscan llegar al mayor número de clientes posibles.
¿Cómo llegan a los clientes?
Para llegar a sus clientes, las compañías se apoyan en diferentes canales de venta, que los podríamos resumir en 2 grandes grupos:
La venta directa, que normalmente es online, aunque en el mercado español no supera el 5% del mercado total
La venta mediada, que se realiza a través de un intermediario entre la compañía y el cliente.
Todos entendemos cómo funciona la venta directa, pero... ¿la venta mediada, la conoces?
La venta mediada consiste en que personas formadas y que entienden las necesidades del cliente puedan recomendarle exactamente lo que necesitan y no paguen primas por conceptos que no van a necesitar.
Esta modalidad tiene un peso muy relevante ya que, como sabes, el seguro es un producto bastante complejo para el cliente final. ¿Verdad que a veces no te apetece leerte toda esa letra pequeña, cláusulas y más cláusulas, garantías, etc.?
¡Pues los mediadores esto nos lo tenemos que saber al dedillo!
Dentro de los mediadores tenemos que distinguir entre dos grandes figuras:
El agente: una persona que trabaja para una sola compañía. No está en nómina de esta, por lo que en teoría es independiente, pero en la práctica su dependencia de la compañía es prácticamente total y opera bajo su paraguas.
El corredor: puede trabajar con cualquier compañía de seguros y tiene un carácter 100% independiente.
¿Qué hace un corredor?
Un corredor entiende tu necesidad y busca en el mercado asegurador la mejor opción.
Su función siempre se ha asociado con clientes o soluciones que requieren de un asesoramiento especial, pero no tiene por qué ser solo para casos especiales...todo el mundo puede recurrir a uno en busca de resultados más ajustados. ¡Nosotros sabemos que cada caso es especial!
En el mercado español los corredores hemos tenido siempre mucha relevancia entre clientes empresas, negocios, comercios y familias, y eso es porque, como te comentaba más arriba, la independencia y la defensa de los intereses de nuestros clientes frente a las compañías aseguradoras, siempre ha sido muy bien recibida.
¡Los corredores siempre trabajamos con los mejores!
Algo muy importante para los corredores es poder trabajar con las mejores compañías del mercado. ¡Claro, no podemos perder de vista que vendemos sus productos! y para gestionarlos, primero nos tienen que gustar a nosotros.
Y segundo: procuramos siempre tener una relación muy estrecha con las mismas, ya que esta cercanía nos permite dar un mejor servicio, mucho más ágil.
¡Esto siempre sin perder nuestra independencia!
Soluciones personalizadas
Otra ventaja que tiene trabajar con corredores y que a lo mejor no sabías es que podemos buscar soluciones para nuestros clientes que el mercado no esta ofreciendo.
¿Cómo lo hacemos?
Lo primero es poner al cliente en el centro y escucharlo atentamente
Después, vamos a buscar al mercado asegurador las opciones que necesita
Por último, si la solución no existe, trabajaremos con las compañías aseguradoras para buscar una alternativa viable
¿Sabías que un corredor nunca supone un coste adicional para el cliente?
Lo mejor de todo esto es que para ti no supone un coste adicional ya que pactamos directamente con las aseguradoras nuestra remuneración. De hecho, en muchas ocasiones, los clientes pueden encontrar mejores condiciones con un corredor que directamente con una compañía aseguradora.
¿Porqué? Seguro que después de haber leído este artículo ya sabes la respuesta: sencillamente porque hemos elegido un producto mejor confeccionado, hecho con más cariño.
¡A tu medida!
¿Sigues con dudas? ¿Quieres saber qué podemos hacer por ti? ¡Llámanos!
Alejandro Closa. Director
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