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¿Soy demasiado joven para contratar un seguro de vida?

14 de octubre de 2019
by websalia

A nadie le gusta pensar en el día en que falte o en que algo malo puede pasar, pero más vale que si llega el momento, nuestros seres queridos no queden desamparados

La vida da mil vueltas, puede pasar de todo y el destino no está escrito, o si lo está, no podemos adivinarlo. Por ello la opción más inteligente en el refranero es la de “más vale prevenir...” y en ese sentido debemos plantearnos disponer de un buen cojín. Según datos de UNESPA en su informe “Estamos Seguros”, más de 9 millones de españoles disponen de un seguro de vida-ahorro y superan los 20 millones los asegurados de vida-riesgo.

En la última década, la edad media de la contratación de este tipo de seguros ha subido a los 35-44 años, mientras que si nos fijamos en cifras de 2005 más de la mitad de los nuevos contratantes de estas pólizas se situaban entre los 25 y 40 años. Pero hay que tener en cuenta que los tiempos cambian y el ritmo de vida o las situaciones personales también han sufrido una evolución. Si nos fijamos en los estudios, el factor más influyente para la contratación del seguro de vida es el estado civil. Los casados superan la mitad de los asegurados, siendo los separados y viudos los más desprotegidos.

También influye el protocolo de los bancos de ligar la hipoteca a una póliza de seguro vida, cosa que, recordamos, NO es obligatoria.

Lo cierto es que cuanto antes se contrate un seguro de vida, más beneficios podemos obtener, como primas más bajas y precios más asequibles, además de flexibilidad en las coberturas.

¿Qué es el seguro de vida?

El seguro de vida nos permite proteger a nuestros seres queridos y asegurar que no se queden desamparados si algún día nos pasa algo grave o faltamos. De este modo, en caso, por ejemplo, de incapacidad o invalidez recibiríamos una pensión y, si fallecemos, nuestros beneficiarios estarían cubiertos con una indemnización. Hay que distinguir entre dos tipos de seguro vida ya que no solamente hay una modalidad dirigida a lo que contábamos en las líneas anteriores (vida-riesgo) sino que también existen los seguros de vida-ahorro.

¿Vida riesgo o vida ahorro?

Como decíamos, si contratamos un seguro vida-riesgo, la finalidad es proteger a los nuestros en caso de que algo nos suceda. Que nuestros hijos puedan seguir con sus estudios, que nuestra pareja pueda asumir los pagos de la hipoteca o las letras del coche, etc.

Por otro lado, está el seguro vida-ahorro que, como indica su nombre, está enfocado a gestionar ahorros vitalicios. Un producto flexible para invertir tus ahorros e ir acumulando rentabilidad. La finalidad en este caso es asegurarse una buena jubilación y, si eres joven y estás leyendo esto, sabes que a las generaciones venideras les hará falta una ayuda en las pensiones. Más adelante dedicaremos algún articulo a desgranar los distintos productos de vida-ahorro para que puedas elegir con conocimiento el que más te convenga. 

¿A quién pongo como beneficiario?

Siguiendo con el tema que nos ocupa, otra duda común es a quién poner como beneficiario/a de nuestro seguro de vida. Por ejemplo, en el caso de las hipotecas, los bancos suelen ligar un seguro de vida a ellas, haciendo que pongas a la entidad bancaria como beneficiaria y, de este modo, en caso de fallecimiento la aseguradora les paga a ellos con el fin de liquidar la deuda de la hipoteca.

No obstante, ese acuerdo no les asegura a tus seres queridos que puedan disponer del capital para lo que ellos más necesiten, y pagar solamente la hipoteca no suele ser suficiente. Por eso es mejor contratar productos personalizados que estudien bien las necesidades de cada uno para contar con las coberturas apropiadas. Aquí es donde nos puede ayudar un corredor de seguros.

Normalmente se designa al cónyuge o a los hijos aunque se puede designar a quien se desee sin necesidad de parentesco alguno. Lo mejor es hacerlo de forma expresa, con nombre y apellidos. Si la persona señalada como beneficiaria fallece antes o junto con el titular del seguro de vida y no figuran otros posibles beneficiarios, los herederos podrán reclamar el pago a la aseguradora.

¿Por qué sale a cuenta contratarlo cuanto antes?

Al inicio señalábamos que contratar un seguro de vida siendo joven (y gozando de buena salud) tiene sus ventajas. Eso es porque las compañías deben valorar el riesgo a la hora de fijar la prima a pagar. Hay casos en los que se exige un reconocimiento médico obligatorio (del que asume el coste la aseguradora) y otros en los que simplemente se requiere responder un cuestionario (hazlo con total sinceridad para evitar disgustos).

También se tiene en cuenta la denominada edad actuarial que se obtiene tomando la edad correspondiente a la fecha de cumpleaños más cercana al momento de firmar la póliza, ya sea la anterior o posterior. Esa edad determina el rango dentro del cual se calcula la cuota final o la prima del seguro de vida.

Para finalizar, aunque se trata de un tema muy extenso, queremos dejar claro que hay que distinguir entre seguro de vida y seguro de decesos. Este último es un tipo de póliza destinada a cubrir los gastos del sepelio: tanatorio, féretro, entierro o incineración, esquela...etc.

 

A nadie le gusta pensar en el día en que falte o en que algo malo puede pasar, pero más vale que si llega el momento, nuestros seres queridos no queden desamparados

La vida da mil vueltas, puede pasar de todo y el destino no está escrito, o si lo está, no podemos adivinarlo. Por ello la opción más inteligente en el refranero es la de “más vale prevenir...” y en ese sentido debemos plantearnos disponer de un buen cojín. Según datos de UNESPA en su informe “Estamos Seguros”, más de 9 millones de españoles disponen de un seguro de vida-ahorro y superan los 20 millones los asegurados de vida-riesgo.

En la última década, la edad media de la contratación de este tipo de seguros ha subido a los 35-44 años, mientras que si nos fijamos en cifras de 2005 más de la mitad de los nuevos contratantes de estas pólizas se situaban entre los 25 y 40 años. Pero hay que tener en cuenta que los tiempos cambian y el ritmo de vida o las situaciones personales también han sufrido una evolución. Si nos fijamos en los estudios, el factor más influyente para la contratación del seguro de vida es el estado civil. Los casados superan la mitad de los asegurados, siendo los separados y viudos los más desprotegidos.

También influye el protocolo de los bancos de ligar la hipoteca a una póliza de seguro vida, cosa que, recordamos, NO es obligatoria.

Lo cierto es que cuanto antes se contrate un seguro de vida, más beneficios podemos obtener, como primas más bajas y precios más asequibles, además de flexibilidad en las coberturas.

¿Qué es el seguro de vida?

El seguro de vida nos permite proteger a nuestros seres queridos y asegurar que no se queden desamparados si algún día nos pasa algo grave o faltamos. De este modo, en caso, por ejemplo, de incapacidad o invalidez recibiríamos una pensión y, si fallecemos, nuestros beneficiarios estarían cubiertos con una indemnización. Hay que distinguir entre dos tipos de seguro vida ya que no solamente hay una modalidad dirigida a lo que contábamos en las líneas anteriores (vida-riesgo) sino que también existen los seguros de vida-ahorro.

¿Vida riesgo o vida ahorro?

Como decíamos, si contratamos un seguro vida-riesgo, la finalidad es proteger a los nuestros en caso de que algo nos suceda. Que nuestros hijos puedan seguir con sus estudios, que nuestra pareja pueda asumir los pagos de la hipoteca o las letras del coche, etc.

Por otro lado, está el seguro vida-ahorro que, como indica su nombre, está enfocado a gestionar ahorros vitalicios. Un producto flexible para invertir tus ahorros e ir acumulando rentabilidad. La finalidad en este caso es asegurarse una buena jubilación y, si eres joven y estás leyendo esto, sabes que a las generaciones venideras les hará falta una ayuda en las pensiones. Más adelante dedicaremos algún articulo a desgranar los distintos productos de vida-ahorro para que puedas elegir con conocimiento el que más te convenga. 

¿A quién pongo como beneficiario?

Siguiendo con el tema que nos ocupa, otra duda común es a quién poner como beneficiario/a de nuestro seguro de vida. Por ejemplo, en el caso de las hipotecas, los bancos suelen ligar un seguro de vida a ellas, haciendo que pongas a la entidad bancaria como beneficiaria y, de este modo, en caso de fallecimiento la aseguradora les paga a ellos con el fin de liquidar la deuda de la hipoteca.

No obstante, ese acuerdo no les asegura a tus seres queridos que puedan disponer del capital para lo que ellos más necesiten, y pagar solamente la hipoteca no suele ser suficiente. Por eso es mejor contratar productos personalizados que estudien bien las necesidades de cada uno para contar con las coberturas apropiadas. Aquí es donde nos puede ayudar un corredor de seguros.

Normalmente se designa al cónyuge o a los hijos aunque se puede designar a quien se desee sin necesidad de parentesco alguno. Lo mejor es hacerlo de forma expresa, con nombre y apellidos. Si la persona señalada como beneficiaria fallece antes o junto con el titular del seguro de vida y no figuran otros posibles beneficiarios, los herederos podrán reclamar el pago a la aseguradora.

¿Por qué sale a cuenta contratarlo cuanto antes?

Al inicio señalábamos que contratar un seguro de vida siendo joven (y gozando de buena salud) tiene sus ventajas. Eso es porque las compañías deben valorar el riesgo a la hora de fijar la prima a pagar. Hay casos en los que se exige un reconocimiento médico obligatorio (del que asume el coste la aseguradora) y otros en los que simplemente se requiere responder un cuestionario (hazlo con total sinceridad para evitar disgustos).

También se tiene en cuenta la denominada edad actuarial que se obtiene tomando la edad correspondiente a la fecha de cumpleaños más cercana al momento de firmar la póliza, ya sea la anterior o posterior. Esa edad determina el rango dentro del cual se calcula la cuota final o la prima del seguro de vida.

Para finalizar, aunque se trata de un tema muy extenso, queremos dejar claro que hay que distinguir entre seguro de vida y seguro de decesos. Este último es un tipo de póliza destinada a cubrir los gastos del sepelio: tanatorio, féretro, entierro o incineración, esquela...etc.

 

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