Tras un episodio de fuertes lluvias, las consultas se repiten: filtraciones en el techo, goteras en la vivienda, garajes inundados, trasteros anegados o daños en muebles y electrodomésticos. En estos casos, lo más importante es identificar el origen exacto del daño, ya que de ello depende quién debe hacerse cargo de la indemnización.
En términos generales, existen dos grandes escenarios:
1. Daños por lluvia ordinaria
Son aquellos provocados por lluvias intensas pero dentro de lo que se considera un fenómeno habitual. En estos casos, el seguro de hogar suele cubrir los daños siempre que la vivienda esté correctamente mantenida. Por ejemplo:
Eso sí, si la aseguradora detecta falta de mantenimiento (bajantes obstruidas, terrazas sin impermeabilizar, grietas antiguas, desagües en mal estado), puede reducir o rechazar la indemnización.
2. Fenómenos extraordinarios
Cuando hablamos de inundaciones graves, lluvias torrenciales excepcionales o desbordamiento de ríos, la cobertura no corresponde a la aseguradora privada, sino al Consorcio de Compensación de Seguros. Este organismo público se hace cargo de los daños siempre que:
En estos casos, la reclamación se presenta directamente al Consorcio, aunque es muy recomendable contar con el acompañamiento de tu corredor para hacerlo correctamente.
Nuestro consejo:
No esperes a que llegue la tormenta para revisar tu seguro. Comprueba que tu póliza cubre filtraciones y daños por agua y revisa periódicamente el estado de terrazas, tejados, bajantes y desagües. El mantenimiento es tan importante como la cobertura contratada. Una buena gestión desde el primer momento puede marcar la diferencia entre cobrar o no una indemnización.
Cristina Sacristán, ejecutiva de cuentas.
Tras un episodio de fuertes lluvias, las consultas se repiten: filtraciones en el techo, goteras en la vivienda, garajes inundados, trasteros anegados o daños en muebles y electrodomésticos. En estos casos, lo más importante es identificar el origen exacto del daño, ya que de ello depende quién debe hacerse cargo de la indemnización.
En términos generales, existen dos grandes escenarios:
1. Daños por lluvia ordinaria
Son aquellos provocados por lluvias intensas pero dentro de lo que se considera un fenómeno habitual. En estos casos, el seguro de hogar suele cubrir los daños siempre que la vivienda esté correctamente mantenida. Por ejemplo:
Eso sí, si la aseguradora detecta falta de mantenimiento (bajantes obstruidas, terrazas sin impermeabilizar, grietas antiguas, desagües en mal estado), puede reducir o rechazar la indemnización.
2. Fenómenos extraordinarios
Cuando hablamos de inundaciones graves, lluvias torrenciales excepcionales o desbordamiento de ríos, la cobertura no corresponde a la aseguradora privada, sino al Consorcio de Compensación de Seguros. Este organismo público se hace cargo de los daños siempre que:
En estos casos, la reclamación se presenta directamente al Consorcio, aunque es muy recomendable contar con el acompañamiento de tu corredor para hacerlo correctamente.
Nuestro consejo:
No esperes a que llegue la tormenta para revisar tu seguro. Comprueba que tu póliza cubre filtraciones y daños por agua y revisa periódicamente el estado de terrazas, tejados, bajantes y desagües. El mantenimiento es tan importante como la cobertura contratada. Una buena gestión desde el primer momento puede marcar la diferencia entre cobrar o no una indemnización.
Cristina Sacristán, ejecutiva de cuentas.