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¿SABES QUE ES OBLIGATORIO EL SEGURO DE CARRETILLAS Y TRASPALETAS?

3 de noviembre de 2017
by websalia

Desde 2008, todo propietario de vehículo a motor que tenga su establecimiento habitual en España está obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro.

Pero ¿Qué es un vehículo a motor?
Todo vehículo, especial o no, idóneo para circular por la superficie terrestre e impulsado por motor, incluidos los ciclomotores, así como los remolques y semirremolques, estén o no enganchados, con exclusión de los ferrocarriles, tranvías y otros que circulen por vías que les sean propias.
La ley vigente establece la responsabilidad civil por daños a personas o cosas producidos por dichos vehículos.

La ley es clara y tajante: carretillas, transpaletas, toros mecánicos y similares considerados vehículos a motor -que normalmente se encuentran en almacenes y obras de construcción-  están obligados a tener un seguro.
¿Qué ocurre si mi maquinaria móvil produce daños a personas o cosas a consecuencia de un hecho derivado de la circulación y no tengo el seguro obligatorio exigido? ¿Puedo acudir a la póliza de responsabilidad civil de mi empresa?

La respuesta no tiene matices. Cualquier póliza de responsabilidad civil general excluye las reclamaciones derivadas de riesgos para los cuales deba suscribirse un seguro obligatorio, en caso de no tenerlo, habrá que enfrentarse a la correspondiente sanción. Una prima de alrededor de 100 euros bien vale la despreocupación de poderse enfrentar a penas de hasta 50 millones de euros (Responsabilidad Civil máxima).

En conclusión, la importancia de contratar un seguro de RC resulta fundamental para recoger todo el abanico de posibilidades de siniestros de este tipo. Lo importante es que, en caso de ocurrir el siniestro, la compañía aseguradora responda por una u otra póliza y la indemnización lleguen al asegurado en tiempo y forma.

Desde 2008, todo propietario de vehículo a motor que tenga su establecimiento habitual en España está obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro.

Pero ¿Qué es un vehículo a motor?
Todo vehículo, especial o no, idóneo para circular por la superficie terrestre e impulsado por motor, incluidos los ciclomotores, así como los remolques y semirremolques, estén o no enganchados, con exclusión de los ferrocarriles, tranvías y otros que circulen por vías que les sean propias.
La ley vigente establece la responsabilidad civil por daños a personas o cosas producidos por dichos vehículos.

La ley es clara y tajante: carretillas, transpaletas, toros mecánicos y similares considerados vehículos a motor -que normalmente se encuentran en almacenes y obras de construcción-  están obligados a tener un seguro.
¿Qué ocurre si mi maquinaria móvil produce daños a personas o cosas a consecuencia de un hecho derivado de la circulación y no tengo el seguro obligatorio exigido? ¿Puedo acudir a la póliza de responsabilidad civil de mi empresa?

La respuesta no tiene matices. Cualquier póliza de responsabilidad civil general excluye las reclamaciones derivadas de riesgos para los cuales deba suscribirse un seguro obligatorio, en caso de no tenerlo, habrá que enfrentarse a la correspondiente sanción. Una prima de alrededor de 100 euros bien vale la despreocupación de poderse enfrentar a penas de hasta 50 millones de euros (Responsabilidad Civil máxima).

En conclusión, la importancia de contratar un seguro de RC resulta fundamental para recoger todo el abanico de posibilidades de siniestros de este tipo. Lo importante es que, en caso de ocurrir el siniestro, la compañía aseguradora responda por una u otra póliza y la indemnización lleguen al asegurado en tiempo y forma.

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