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Desafíos de la movilidad sostenible ¿necesitan seguro los vehículos eléctricos?

7 de marzo de 2022
by CLOSASEGUROS

¡Los Vehículos de Movilidad Personal han llegado para quedarse!

Una de las principales razones del éxito de este tipo de vehículos es la cada vez mayor concienciación sobre la relación del combustible fósil en el calentamiento global.

Por cierto ¿Quieres conocer tu huella de carbono en el planeta? Mira en la calculadora de la ONU y lo averiguarás en unos minutos.

Una de las soluciones que existen para mitigar este problema, consiste en optar por un transporte más sostenible: bicicletas, patinetes, monociclos, triciclos, segway, hooverboards... sin duda, la tendencia a utilizar estos vehículos de movilidad personal no irá si no en aumento en los próximos años, cosa que celebramos.

La cuestión es que ahora se nos plantea un problema que debemos conocer y ser capaces de atajar: y es que tradicionalmente se había creado un equilibrio normativo que regulaba la circulación de los peatones en la acera y la de los vehículos en la calzada. Ahora, con el auge de este tipo de vehículos este equilibrio se ha roto y nos surgen un montón de dudas.

La primera duda por resolver podría ser la normativa ¿de donde viene la regulación de estos vehículos?

Bien, en principio es un tema cuya responsabilidad pertenece al ámbito municipal, o sea, que en cada municipio es donde debemos buscar las restricciones, requisitos y el régimen sancionador. A esta normativa tenemos que añadir la nueva ley de tráfico que se ha ocupado de dar cabida a estos nuevos medios de transporte.

Una de las novedades que introduce la ley es la prohibición de la circulación de vehículos de movilidad personal por aceras y zonas peatonales.  También codifica la obligatoriedad del uso del casco en los vehículos eléctricos.

Es en esta misma ley donde encontramos la solución que planteábamos en el título de este artículo y que es nuestra segunda duda: ¿Necesitan seguro los vehículos eléctricos?

No. No es obligatorio contratar un seguro para conducir un patinete eléctrico o cualquier otro vehículo de movilidad personal.

Ahora bien, ¿Es recomendable? Sí.

Además, ¿Sabías que ahora puedes contratar una póliza que asegure tu movilidad, conduzcas un vehículo propio, alquilado o compartido?

Se trata del seguro de movilidad personal y con él estarás protegido siempre que te muevas independientemente del método de transporte que utilices.

¿Qué te cubre? Te cubrirá los riesgos a los que te expones cuando te mueves: Accidentes, Responsabilidad civil, Daños materiales, Asesoría jurídica, Pago del servicio de transporte complementario en caso de siniestro y otros gastos.

Cubre incluso los siniestros que se produzcan cuando utilices transporte público: autobús, taxi, VTC, ¡incluso como peatón!

En CLOSASEGUROS creemos que la regulación llegará tarde o temprano. Mientras tanto, es siempre  buena idea ir protegido. No lo dudes y déjate asesorar por nuestro extraordinario equipo ¡Llámanos!

¡Los Vehículos de Movilidad Personal han llegado para quedarse!

Una de las principales razones del éxito de este tipo de vehículos es la cada vez mayor concienciación sobre la relación del combustible fósil en el calentamiento global.

Por cierto ¿Quieres conocer tu huella de carbono en el planeta? Mira en la calculadora de la ONU y lo averiguarás en unos minutos.

Una de las soluciones que existen para mitigar este problema, consiste en optar por un transporte más sostenible: bicicletas, patinetes, monociclos, triciclos, segway, hooverboards... sin duda, la tendencia a utilizar estos vehículos de movilidad personal no irá si no en aumento en los próximos años, cosa que celebramos.

La cuestión es que ahora se nos plantea un problema que debemos conocer y ser capaces de atajar: y es que tradicionalmente se había creado un equilibrio normativo que regulaba la circulación de los peatones en la acera y la de los vehículos en la calzada. Ahora, con el auge de este tipo de vehículos este equilibrio se ha roto y nos surgen un montón de dudas.

La primera duda por resolver podría ser la normativa ¿de donde viene la regulación de estos vehículos?

Bien, en principio es un tema cuya responsabilidad pertenece al ámbito municipal, o sea, que en cada municipio es donde debemos buscar las restricciones, requisitos y el régimen sancionador. A esta normativa tenemos que añadir la nueva ley de tráfico que se ha ocupado de dar cabida a estos nuevos medios de transporte.

Una de las novedades que introduce la ley es la prohibición de la circulación de vehículos de movilidad personal por aceras y zonas peatonales.  También codifica la obligatoriedad del uso del casco en los vehículos eléctricos.

Es en esta misma ley donde encontramos la solución que planteábamos en el título de este artículo y que es nuestra segunda duda: ¿Necesitan seguro los vehículos eléctricos?

No. No es obligatorio contratar un seguro para conducir un patinete eléctrico o cualquier otro vehículo de movilidad personal.

Ahora bien, ¿Es recomendable? Sí.

Además, ¿Sabías que ahora puedes contratar una póliza que asegure tu movilidad, conduzcas un vehículo propio, alquilado o compartido?

Se trata del seguro de movilidad personal y con él estarás protegido siempre que te muevas independientemente del método de transporte que utilices.

¿Qué te cubre? Te cubrirá los riesgos a los que te expones cuando te mueves: Accidentes, Responsabilidad civil, Daños materiales, Asesoría jurídica, Pago del servicio de transporte complementario en caso de siniestro y otros gastos.

Cubre incluso los siniestros que se produzcan cuando utilices transporte público: autobús, taxi, VTC, ¡incluso como peatón!

En CLOSASEGUROS creemos que la regulación llegará tarde o temprano. Mientras tanto, es siempre  buena idea ir protegido. No lo dudes y déjate asesorar por nuestro extraordinario equipo ¡Llámanos!

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