Noticias

La nueva ley del derecho al olvido oncológico y su impacto en las pólizas de salud y vida

27 de febrero de 2024
by CLOSASEGUROS

El derecho al olvido oncológico es una importante medida contemplada en el paquete de medidas aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 27 de junio. Esta tiene como objetivo eliminar la discriminación hacia las personas que han padecido cáncer y fue establecida en el Real Decreto-ley de apoyo al Impacto de la Guerra y otras Situaciones de Vulnerabilidad.

En esencia, el derecho al olvido oncológico implica que las personas que han superado un cáncer no deberían ser discriminadas en situaciones como la contratación de seguros de vida o la solicitud de préstamos debido a su historial médico. Esta medida evita que estas personas tengan que justificar su condición médica y ayuda a prevenir la discriminación.

Para hacer efectivo este derecho, se han introducido modificaciones en la legislación, como en el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y en la Ley de Contrato de Seguro. Estas modificaciones garantizan que las personas que han superado el cáncer puedan acceder a servicios financieros y de seguros sin ser penalizadas por su historial médico.

En cuanto a su funcionamiento, el real decreto-ley establece que el derecho al olvido oncológico se aplica en la contratación de seguros y productos bancarios una vez transcurridos 5 años desde la finalización del tratamiento sin recaída. Esto implica la nulidad de cláusulas que excluyan a una persona por haber padecido cáncer, la prohibición de hacer diferenciaciones en la contratación de seguros debido a antecedentes oncológicos, y la eliminación de la obligación de declarar si se ha padecido cáncer al suscribir un seguro de vida.

En cuanto a quiénes pueden beneficiarse de esta medida, se incluyen aquellas personas que hayan superado una patología oncológica una vez transcurridos 5 años desde la finalización del tratamiento sin recaída posterior. Es importante destacar que el Gobierno tiene la facultad de ajustar este plazo según la evolución de la evidencia científica. En resumen, el derecho al olvido oncológico representa un paso importante hacia la eliminación de la discriminación hacia los supervivientes de cáncer en el ámbito financiero y de seguros.

Juan Carlos de la Rosa y Luis Lloret

El derecho al olvido oncológico es una importante medida contemplada en el paquete de medidas aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 27 de junio. Esta tiene como objetivo eliminar la discriminación hacia las personas que han padecido cáncer y fue establecida en el Real Decreto-ley de apoyo al Impacto de la Guerra y otras Situaciones de Vulnerabilidad.

En esencia, el derecho al olvido oncológico implica que las personas que han superado un cáncer no deberían ser discriminadas en situaciones como la contratación de seguros de vida o la solicitud de préstamos debido a su historial médico. Esta medida evita que estas personas tengan que justificar su condición médica y ayuda a prevenir la discriminación.

Para hacer efectivo este derecho, se han introducido modificaciones en la legislación, como en el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y en la Ley de Contrato de Seguro. Estas modificaciones garantizan que las personas que han superado el cáncer puedan acceder a servicios financieros y de seguros sin ser penalizadas por su historial médico.

En cuanto a su funcionamiento, el real decreto-ley establece que el derecho al olvido oncológico se aplica en la contratación de seguros y productos bancarios una vez transcurridos 5 años desde la finalización del tratamiento sin recaída. Esto implica la nulidad de cláusulas que excluyan a una persona por haber padecido cáncer, la prohibición de hacer diferenciaciones en la contratación de seguros debido a antecedentes oncológicos, y la eliminación de la obligación de declarar si se ha padecido cáncer al suscribir un seguro de vida.

En cuanto a quiénes pueden beneficiarse de esta medida, se incluyen aquellas personas que hayan superado una patología oncológica una vez transcurridos 5 años desde la finalización del tratamiento sin recaída posterior. Es importante destacar que el Gobierno tiene la facultad de ajustar este plazo según la evolución de la evidencia científica. En resumen, el derecho al olvido oncológico representa un paso importante hacia la eliminación de la discriminación hacia los supervivientes de cáncer en el ámbito financiero y de seguros.

Juan Carlos de la Rosa y Luis Lloret

Noticias
Pedir información
cross